El salón de actos del Casino se llenó con una nueva edición una nueva edición del foro jurídico organizado por la Real Sociedad Valenciana de Agricultura y Deportes (RSVAD) y en el que hablaron sobre ley de vivienda y ocupación, Gonzalo María Caruana Font de Mora, Magistrado y presidente de la sección 11 de la Audiencia Provincial de Valencia y Antonio Gastaldi Mateo, Fiscal en la Fiscalía Provincial de Valencia.
El foro se dividió en dos bloques, civil y penal, dando una visión clara de la problemática que suscita hoy en día la ocupación de viviendas.
Dejando de lado el problema social de escasez de viviendas y demás asuntos competencia de la Administración, tomó el turno de palabra, en primer lugar, Antonio Gastaldi Mateo. El Fiscal incidió en la distinción entre morada (o vivienda habitual) y el resto de las viviendas. En este sentido la ley brinda mayor protección a la vivienda habitual ya que la persona que la ocupa ilegalmente comete delito de allanamiento de morada, el cual lleva aparejado un mayor reproche penal que quien ocupa una vivienda de carácter no habitual, que se enfrenta a, únicamente, una falta.
Atendiendo a la desprotección que muchos propietarios sufren por esta situación, desarrolló la posibilidad de solicitar medidas cautelares que, si bien no es una solución definitiva, aporta mayor agilidad al procedimiento.
En el ámbito civil tomó la palabra Gonzalo María Caruana Font de Mora quién analizó la figura del gran tenedor, siendo aquél que posee 10 o más viviendas o 5 viviendas en zonas tensionadas (recalcando que en la Comunidad Valenciana, hoy en día, todavía no hay ninguna zona declarada como tensionada).
Estos grandes tenedores, si tienen inquilinos que dejan de pagarle las rentas y no quieren abandonar la vivienda, la comúnmente denominada figura del “inquiocupa”, tienen que iniciar el lanzamiento judicial previsto en la ley, pero, además de ser un procedimiento largo y tedioso, la nueva ley de vivienda prevé que no se puede lanzar judicialmente hasta el 31 de diciembre de 2024 y, además, tiene que haberse iniciado una mediación previa para analizar la situación económica del arrendatario. Si a ello se añade que la Administración todavía no ha resuelto cómo hacer esa mediación el éxito de lanzamiento es, cuanto menos, una quimera, pudiendo dilatar el procedimiento dos años o más, sin que el propietario pueda recuperar la vivienda, con el perjuicio económico que ello conlleva.
La conclusión a la que llegaron los ponentes es que, con la ley en la mano, la recuperación de una vivienda ocupada es más ágil por la vía penal y la adopción de medidas cautelares. Pero la solución a la desprotección de los propietarios frente a la ocupación pasa porque el legislador aumente el tipo penal previsto para la ocupación ilegal de viviendas así como el de allanamiento de morada.
A la finalización del coloquio se sirvió un vino de honor en el que los ponentes pudieron intercambiar opiniones entre los asistentes al foro.